Precios ITV Castilla León

A continuación, puedes conocer cuáles son los precios y tarifas de las inspecciones de la ITV en Castilla y León, incluyendo primeras y segundas inspecciones, control de emisiones, reformas, etc.

Tarifas ITV Castilla y León

Inspecciones Periódicas ITV – Tarifas

Las tarifas a aplicar en las inspecciones técnicas periódicas de vehículos en Castilla y León será la suma de los componentes de inspección de seguridad y de control de emisiones, desglosados de la siguiente forma:

Ciclomotores, motocicletas y Quads

  • Inspección de Ciclomotores: 20,18€
  • Inspección de Motocicletas: 20,18€
  • Inspección de Quads: 20,18€
  • Inspección de Motocicletas, ciclomotores y Quads + emisiones: 28,28€

Vehículos ligeros (menos de 3.500 kg)

  • Inspección de vehículos ligeros: 20,08€

Vehículos eléctricos

  • Inspección de coches eléctricos: 20,08€

Tarifas ITV Castilla y León

Turismos de gasolina

  • Inspección de turismos de gasolina: 44,06€
  • Inspección de turismos sin catalizar: 35,97€

Turismos Diésel

  • Inspección de turismos Diesel: 51,98€
  • Inspección de turismos matriculados antes de 1980: 35,97€

Vehículos ligeros gasolina

  • Inspección de vehículos ligeros de gasolina: 44,06€
  • Inspección de vehículos ligeros sin catalizar: 35,97€

Vehículos ligeros Diésel

  • Inspección de vehículos ligeros Diesel: 51,98€
  • Inspección de vehículos ligeros matriculados antes de 1980: 35,97€

Vehículos pesados (más de 3.500 kg)

  • Inspección de vehículos pesados: 69,44€

Vehículos y maquinaria agrícola

  • Inspecciones de tractores y vehículos agrícolas: 35,97€
  • Inspecciones de tractores y vehículos agrícolas pesados: 69,43€

Inspecciones Extraordinarias ITV – Tarifas

La tarifa de la inspección de seguridad comprende una segunda inspección si la primera es desfavorable, siempre que se realice en el plazo indicado en el primer informe y sin que, en ningún caso, se superen los dos meses. Segundas inspecciones realizadas después de este plazo y sucesivas inspecciones, en todo caso, devengarán una nueva tarifa.

INSPECCIONES EXTRAORDINARIAS:
Inspección mecánica de vehículos ya matriculados procedentes del E.E.E. o de terceros países: 101,99 €
Inspección de vehículos accidentados con daños importantes en sus elementos de seguridad: 131,29 €

Control de emisiones

Vehículos con control de emisiones catalizados: 6,69 €
Vehículos diesel de hasta 3500 Kg: 13,24 €
Vehículos diesel de más de 3500 Kg: 19,28 €

La tarifa de la componente del control de emisiones comprende una segunda inspección si la primera es desfavorable, siempre que se realice en el plazo indicado en el primer informe y sin que, en ningún caso, se superen los dos meses. Segundas inspecciones realizadas después de este plazo y sucesivas inspecciones, en todo caso, devengarán una nueva tarifa.
En los casos de que se pase únicamente una de las dos inspecciones, se cobrará únicamente el componente correspondiente de la tarifa.

Inspecciones por reforma

La tarifa a aplicar en las inspecciones técnicas por reforma en Castilla y León será la siguiente:

2.1. Inspecciones por reforma sin inspección periódica: La mitad del componente de la inspección de seguridad, siempre que por alcance normativo de la inspección, la inspección de seguridad no deba ser completa. Si por alcance normativo, la inspección de seguridad es completa, se cobrará la totalidad de la tarifa de seguridad. Las tarifas de reformas serán las siguientes:

Vehículos de categoría L (Ciclomotores de dos o tres ruedas, motocicletas, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos, etc): 6,61 €
Vehículos de hasta 3500 Kg: 13,14 €
Vehículos de más de 3500 Kg: 17,33 €
Inspección de Maquinaria Agrícola: 13,14 €
Por la gestión y trámite administrativo de la Inspección especial: 8,34 €

Si fuera necesario realizar, además, el control de emisiones se añadirá el valor de la tarifa de control de emisiones. En todo caso en las inspecciones con reforma siempre se añadirá la tarifa de la gestión y trámite administrativo de la Inspección especial.

La tarifa de inspección por reforma sin inspección periódica comprende una segunda inspección si la primera es desfavorable, siempre que se realice en el plazo indicado en el primer informe y sin que, en ningún caso, se superen los dos meses. Segundas inspecciones realizadas después de este plazo y sucesivas inspecciones, en todo caso, devengarán una nueva tarifa.

3. Pesaje voluntario de vehículos solicitados por particulares: Se establece una tarifa única de tres euros por vehículo.
4. Todos los valores indicados no incluyen ni tasas ni impuestos.
5. Revisión de tarifas.

La revisión o actualización de las tarifas podrá ser efectuada en el mes de diciembre de cada año, por la Dirección General de Industria e Innovación Tecnológica previa solicitud razonada por parte de las empresas concesionarias, que presentarán un estudio económico justificativo de su propuesta, con el objeto de mantener el equilibrio económico- financiero original de los contratos de concesión, en la consideración detallada de unos ingresos, gastos e inversiones, con un beneficio razonable y coherente por la prestación del servicio, los contratos firmados y el interés general.

Dicho estudio estará coordinado y relacionado con lo dispuesto en la Memoria anual indicada en el Art. 18 de la Orden de 6 de julio de 1988 de desarrollo del Decreto 126/1988, por la que se organiza el Servicio Público de Inspección Técnica de Vehículos en Castilla y León a presentar en la Dirección General de Industria e Innovación Tecnológica.