El Artículo 6, del Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre y sus modificaciones publicadas en el Real Decreto 711/2006, de 9 de junio.Las frecuencias de inspección a las que se han de someter los vehículos, estabelce cuando hay que pasar la ITV
Con carácter general, los turismos particulares realizarán su primera inspección al cumplir el cuarto año de su primera matriculación.