Conoce en este artículo los precios de la ITV en Cantabria para cada tipo de vehículo, las tarifas para las segundas inspecciones, recargos extra, etc.
El precio de las inspecciones de ITV en Cantabria es el siguiente
- Turismos (gasolina – catalizados): 34,43€
- Turismos (gasolina – sin catalizar): 27,55€
- Turismos (diesel): 34,98€
- Motocicletas, quads, cuatriciclos, ciclomotores de 3 ruedas, ciclomotores ligeros: 9,15€
- Vehículos ligeros (máx. 3500 kg): 27,55€
- Vehículos pesados (más de 3500 kg): 33,91€
- Tractores y vehículos agrícolas: 26,04€
- Vehículos especiales: 54,29€
- Vehículos agrícolas: 18,10€

Los vehículos que tengan que someterse al control de emisiones (vehículos con motor de encendido, ya sea por compresión o por chispa) o de ruido, tendrán que pagar unas tarifas extra (añadidas a los precios anteriores), las cuales son:
- Control de emisiones de Vehículos (compresión) de igual o menos de 3.500 kg: 11,43€
- Control de emisiones de Vehículos (compresión) de más de 3.500 kg: 18,10€
- Control de emisiones de Vehículos (por chispa, no catalizados): 6,88€
En el caso de las inspecciones antes de la matriculación de un vehículo de la Unión Europea o de otros países, el coste es de 129,26€. Las inspecciones por cambios de matrícula, se incrementan unos 14,35€.
Las anotaciones de diligencias en Tarjeta de Inspección Técnica conllevan el pago de 13,30€, mientras que la expedición de duplicados de estos se realiza con el pago de 14,35€. Esta es la misma tarifa a pagar también para vehículos de transporte escolar.
Las inspecciones de vehículos accidentados conlleva un incremento de 74,70€.
Además, en el caso de los pesajes de vehículos, la tarifa a pagar es de 3,02€.
Precios Segunda Inspección ITV Cantabria
El precio de la segunda inspección de ITV, es decir, aquellas que sean necesarias por haber sido rechazadas previamente por alguna razón, depende de la estación de la ITV donde realices la segunda y del plazo que exista entre la primera inspección y la segunda. A continuación, puedes ver los diferentes casos que pueden darse:
- Las segundas inspecciones que se lleven a cabo en los primeros 15 días (desde el día de la primera inspección) en la misma estación de ITV, son totalmente gratis.
- Si la primera inspección fue realizada en una estación ITV móvil, podrás realizar la segunda inspección de forma gratuita en cualquier estación de ITV, siempre y cuando sea en los primeros 15 días, es decir, debes guardar el mismo plazo que en el caso anterior.
- Las segundas inspecciones que se realicen a partir de los 15 días, hasta los 2 meses desde la primera inspección, conllevarán una tarifa del 70%.
- Una vez pasados los dos meses desde la primera inspección, el precio de la inspección será exactamente el mismo que si de una primera inspección se tratase.
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Precios de la ITV, Inspección Técnica de Vehículos, en Cantabria
Precios de la Itv en Santander-Maliaño, Corrales de Buelna, Val de San Vicente, Castro Cillorigo (Liébana), Reinosa, Polanco, Laredo
Tarifas de Inspección Técnica de Vehículos a aplicar en todas las estaciones de ITV de Cantabria
El artículo 13 del Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, sobre normas generales de instalación y funcionamiento de las estaciones de inspección técnica de vehículos, dispone que «el régimen tarifario de las inspecciones y su actualización periódica serán establecidos por la Comunidad Autónoma». En aplicación de la citada previsión deben establecerse las tarifas que pueden ser aplicadas durante el año 2016 en todas las estaciones de ITV de Cantabria.
Cuando se requieran simultáneamente dos o más servicios, la tarifa resultante será la suma de las tarifas de los servicios solicitados, aplicando la correspondiente a la Inspección Técnica una sola vez.
Para la segunda y sucesivas inspecciones, como consecuencia de rechazos en la primera presentación del vehículo, se establecen los siguientes supuestos:
Si la presentación del vehículo se hace dentro de los quince días hábiles siguientes al de la primera inspección, no devengará tarifa alguna por este concepto.
Si la presentación del vehículo se hace a partir del plazo anterior y dentro de los dos meses naturales desde la fecha de la primera inspección, la tarifa será del 70% de la correspondiente a la inspección periódica.
No tendrán la consideración de segundas o sucesivas inspecciones aquéllas que tengan lugar después de dos meses naturales a partir de la primera.
En todos los casos de segundas y sucesivas inspecciones, en los que se aplique una tarifa por este concepto, la misma lo será referida al apartado que originó la segunda o sucesiva inspección: Inspección sin control de emisiones, Inspección únicamente de emisiones o Inspección completa con control de emisiones.
La estación móvil agrícola podrá realizar, además de vehículos agrícolas, otro tipo de inspección, previa autorización de la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo.
Las tarifas serán incrementadas con el Impuesto Sobre el Valor Añadido en vigor y, en su caso, con la Tasa de Tráfico.